Asistente De Servicios De Información A Clientes
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Requisitos mínimos:
Trabajo que consiste en la orientación a pacientes, familiares y visitantes sobre los diferentes servicios que ofrece la ASEM. El empleado puede encargarse de colaborar con su supervisor y con el personal en la coordinación de los servicios de orientación a pacientes, familiares y visitantes.
Turnos de trabajo rotativos. Disponibilidad para trabajar fines de semana, días feriados y/o según la necesidad del Servicio.
- Grado de Escuela Superior de una institución educativa acreditada.
- No requiere experiencia.
El examen consistirá de una evaluación en la que se adjudicará puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directamente relacionados con las funciones de los puestos en la clase.
Notas importantes:
Conocimiento de equipo general de oficina. Conocimiento de los idiomas españole inglés.
Conocimiento de equipos y sistemas de informática para el registro, acceso, procesamiento y comunicación electrónica de información. Habilidad para expresarse, verbalmente y por escrito con claridad y precisión, tanto en español como en inglés. Habilidad para lidiar con pacientes, familiares y público general. Habilidad para lidiar con situaciones difíciles. Habilidad para establecer y mantener relaciones efectivas de trabajo. Habilidad para entender y llevara cabo de forma efectiva instrucciones de trabajo. Habilidad para llevar registros y rendir informes claros y precisos. Destreza en la operación de sistemas computadorizados de información y otro equipo moderno de oficina.
Se emite esta Convocatoria para establecer un Registro de Elegibles. Si se entendiera que la clase de puesto es una de continuo reclutamiento o que se autorizarán puestos adicionales próximamente la Oficina de Recursos Humanos podría mantener abiertos los Registros de Elegibles y citar candidatos adicionales de dichos Registros sin la necesidad de publicar una nueva Convocatoria. La Oficina de Recursos Humanos notificará al candidato, mediante correo electrónico o comunicación por correo regular, si el Registro de Elegibles se cancelará al concluir el proceso de reclutamiento.
Las solicitudes de examen recibidas serán evaluadas para ingreso al Registro de Elegibles en base a la preparación académica y experiencia de trabajo de los candidatos, de manera que obtendrán una mayor puntuación los candidatos con mayor preparación académica y experiencia de trabajo. Específicamente, se otorgarán 70 puntos a aquellos candidatos que cumplan con los requisitos mínimos establecidos, y se adjudicará puntuación adicional por los siguientes criterios:
a. Hasta 20 puntos por experiencia de trabajo adicional directamente relacionada a los requisitos mínimos.
b. Hasta 10 puntos por preparación académica adicional a la requerida.
c. Diez **) puntos o el diez por ciento (10%), lo que sea mayor, como puntuación adicional a la nota obtenida por concepto de Derecho de Preferencia de Veterano a todo Veterano Licenciado Honorablemente. Según lo dispone la Ley Núm. **, en su Artículo 4, inciso F (a) (1,3), de la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI. Para reclamar la preferencia de veterano, deberá someter copia de la "Forma DD-214" o en su lugar "Certificación de la Administración Federal de Veteranos" que indique los periodos de servicio en las Fuerzas Armadas y la clase de licenciamiento (honorable).
d. Cinco (5.00) puntos o el cinco por ciento (5%), lo que sea mayor, adicionales a la nota de pase obtenida por una persona con impedimento cualificada, en cualquier examen. La Ley Núm. *, otorga este beneficio a toda persona con impedimento cualificada en cualquier examen. Esta Ley aplicará a las personas cuyo impedimento afecta sustancialmente una o más de las actividades principales de su vida. El beneficio de esta Ley no aplicará a las personas con impedimentos que cualifiquen para la preferencia de veteranos. Para reclamar la preferencia de persona con impedimento, deberá presentar una certificación médica oficial emitida por una autoridad competente, con no menos de doce (12) meses, que evidencie la condición del impedimento de la persona.
e. Cinco (5.00) puntos o el cinco por ciento (5%), lo que sea mayor, de la puntuación total del examen, adicionales a la nota de pase obtenida por una persona beneficiaria de los programas de asistencia económica gubernamental que se encuentren bajo las disposiciones de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidad Laboral (P.R.O.W.A.) en Puerto Rico, Ley Pública Federal Número * de 22 de agosto de , deberá estar próximo a cumplir sesenta (60) meses de participar de dichos beneficios. De reunir este requisito, deberá someter una certificación oficial emitida por el Programa de Asistencia Económica, (Programa TANF) del cual el beneficiario es participante.
f. Diez ****) puntos o el diez por ciento (10%), lo que sea m