Ingeniero(A) Sénior
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Requisitos mínimos:
Trabajo profesional y de supervisión en el campo de la ingeniería que consiste en la planificación, coordinación, administración, supervisión y monitoreo de las fases de planificación, construcción y gerencia de los proyectos de construcción y programas en la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT).
Condiciones de Trabajo en: Oficina de Pre-Construcción (Gerencia de Activos, Apoyo Técnico, Gerencia de Programas y Proyectos), Oficina de Construcción (Distritos de Ingeniería e Inspección y Oficina de Control de Proyectos), Directorado de Operaciones y Preservación (Ingeniería de Tránsito, Gerencia de Carreteras) Prueba de Materiales, Oficina de Control de Acceso.
Ambiente de trabajo de alto riesgo, que conlleva exposición a emanaciones de gases, explosivos, vapores, polvo, lluvia, sol y otras relacionadas por más del 50% de las horas de trabajo.
Esfuerzo físico moderado, asociado en estar de pie o caminando por periodos prolongados de tiempo y subir y bajar lugares elevados.
Esfuerzo visual moderado, es de forma rutinaria, hasta cuatro (4) horas diarias.
Esfuerzo mental constante, sobre seis (6) horas diarias.
Más de 15 salidas al año que pueden trascender su turno de trabajo.
Bachillerato en Ingeniería de una institución educativa licenciada y/o acreditada. Tres (3) años de experiencia como Ingeniero Licenciado, preferiblemente en el campo de la construcción.
Haber completado todos los créditos, excepto la tesis, conducentes al grado de Maestría en Ingeniería de una institución educativa licenciada y/o acreditada. Dos (2) años de experiencia como Ingeniero Licenciado, preferiblemente en el campo de la construcción.
Grado de Maestría en Ingeniería de una institución educativa licenciada y/o acreditada. Un (1) año de experiencia como Ingeniero Licenciado, preferiblemente en el campo de la construcción.
Licencia de Ingeniero(a) expedida por la Junta Examinadora de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico.
Ser miembro activo del Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico y estar al día en sus cuotas.
El examen consistirá en una evaluación en la que se adjudicará puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directamente relacionada con las funciones de los puestos en la clase, conforme al Sistema de Métricas aprobado por esta Autoridad.
Notas importantes:
1. El valor total del examen es de cien (100) puntos. Se adjudicará un setenta por ciento (70%) por requisitos mínimos, un quince por ciento (15%) por experiencia de trabajo adicional a los requisitos mínimos y un quince por ciento (15%) por preparación académica adicional a la requerida y cursos o adiestramientos directamente relacionados con las funciones del puesto.
2. En los casos en que el solicitante sea empleado de la Autoridad de Carreteras y Transportación, se considerarán únicamente las funciones propias y el nivel de la clasificación oficial del puesto en el cual fue nombrado.
3. Los candidatos que indiquen poseer experiencia en el Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, empresas privadas o agencias excluidas, deberán incluir, junto con su solicitud de examen, una certificación de la agencia donde presta o haya prestado servicios que incluya:
4. La experiencia adquirida mediante interinatos se acreditará si concurren las siguientes condiciones:
5. Cuando la Autoridad Nominadora designe a un empleado de la Autoridad de Carreteras y Transportación para que realice las funciones de otro puesto como parte de algún proyecto, programa o iniciativa, el tiempo que el empleado preste servicios por un año o más, se considerará ese término como experiencia de trabajo, y así deberá hacerse constar en su expediente de personal y podrá considerarse para todos los fines de transacciones de personal.
6. En caso de que la experiencia se haya adquirido mediante servicios por contrato; el solicitante deberá presentar copia del contrato o una certificación de la agencia o empresa donde preste o haya prestado los servicios que incluya lo siguiente:
7. En caso de que la experiencia haya sido adquirida por cuenta propia; el solicitante deberá presentar una Declaración Jurada en donde se haga constar lo siguiente:
8. Se adjudicará puntuación adicional a la nota de pase obtenida a los candidatos por los siguientes conceptos y cantidades:
a. Diez **) puntos o el diez por ciento (10%), lo que sea mayor, como puntuación adicional a la nota obtenida por concepto de Derecho de Preferencia de Veterano a todo Veterano Licenciado Honorablemente. Según lo dispone la Ley Núm. ****, en su Artículo 4, inciso F (a) (1,3), de la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI. Para reclamar la preferencia de veterano, deberá someter copia de la "Forma DD-214" o en su lugar "Certificación de la Administración Federal de Veteranos" que indique los